Las personas que pueden casarte en una boda civil son varias, aunque siempre han de contar con la debida autorización. Aquí te indicamos cuáles son las posibilidades existentes.
¿Quiénes son las personas que pueden casarte?
Es relevante señalar que la legislación española, a través del Código Civil y de la Ley del Registro Civil, establece quiénes son las personas que pueden oficiar matrimonio civil. Hay que señalar que también puede casarte un sacerdote o equivalente en determinadas confesiones religiosas, pero porque, posteriormente, se firma en el acta de matrimonio que ellos se encargarán de validar.
Muchas veces, se tiene un desconocimiento acerca de los funcionarios habilitados para las bodas. Y esto no ha de extrañar, puesto que, en los últimos años, la legislación ha abierto nuevas puertas. Hoy, lo cierto, es que hay opciones para que puedas acelerar los plazos de la boda o para personalizar la ceremonia.
En la práctica, podrás elegir según el tipo de boda que desees. Toma nota, que esto te va a interesar:
Jueces de paz o jueces
Los jueces de paz o jueces pueden oficiar bodas y, de hecho, esta fue la primera opción que se dio para contraer matrimonio civil. En este caso, la ceremonia se tendrá que oficiar en el juzgado de paz más próximo a tu municipio de residencia. Hay que señalar que esta posibilidad para celebrar la boda vendrá de oficio. Lo habitual, la mayoría de las veces, es que oficie el juez de paz adscrito. Recuerda, no obstante, que aquí suele haber unos días y horas fijas asignadas para contraer matrimonio.
Secretarios judiciales
Los secretarios judiciales, por delegación, pueden oficiar bodas. Esto es posible desde el año 2015, cuando se aprobó la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Por lo tanto, para casarte en juzgado, también podrías optar por esta vía. La idea es que, en caso de ausencia del juez de paz, pueda oficiar el secretario, de manera que no es una situación habitual. Esto, en la práctica, lo que permite es agilizar los trámites y descongestionar los juzgados.
Encargados del Registro Civil
Los encargados del Registro Civil también pueden oficiar ceremonias de boda. Esta modalidad está concebida, también, para las bodas que se celebran en los juzgados. El objetivo, también, es que estos funcionarios puedan suplir la ausencia de los jueces de paz si es necesario. En consecuencia, no ha de extrañar si esta persona oficia porque el objetivo es evitar el colapso del juzgado.
Alcaldes o concejales
La modalidad de los alcaldes y concejales está concebida para las bodas que se celebren en ayuntamientos. Hay que recordar que la solicitud de celebrar enlaces en consistorios es de parte. Además, el encargado de oficiar, por principio, es el alcalde, aunque lo habitual es que este delegue en determinados concejales. Lo habitual, si quieres que te case un concejal determinado, es que puedas pedirlo y, con suerte, conseguir que se desplace si tenéis confianza.
Notarios
La opción de casarse por el notario tiene un volumen de solicitudes creciente por dos motivos. La primera razón es que existen numerosas personas que desean reducir los plazos para contraer matrimonio, y con esta vía es posible conseguirlo. En segundo lugar, porque la boda ante notario facilita la posibilidad de personalizar la ceremonia, siempre que este se desplace. Por todas estas razones, es una buena opción para casarte donde, cuando y como quieras.
Otras posibilidades
Existen otro tipo de opciones que están reconocidas por el Código Civil, pero son excepcionales. O, dicho de otra manera, solo se darán cuando no existan otras posibilidades para contraer matrimonio. No obstante, vale la pena echar un vistazo a estas modalidades.
Los funcionarios consulares ofician matrimonios cuando estos se celebran en el extranjero. Aquí el enlace se hará en la embajada o consulado de España adscrito y será responsabilidad del cónsul o del funcionario en el que se delegue. Como se puede ver, este es un caso excepcional, y únicamente hay que contemplarlo si los dos sois españoles. Además, el país en el que esté el consulado ha de contemplar esta posibilidad.
Los capitanes de barco o comandantes también están habilitados para celebrar matrimonios en barcos o aviones. Ahora bien, hay que señalar que solo lo podrán hacer en el caso de que uno de los contrayentes esté en peligro de muerte.
Los oficiales militares de grado inmediatamente superior pueden, también, oficiar matrimonios en tiempos de guerra y peligro de muerte. Es imprescindible, pues, que se dé una situación límite para que el matrimonio sea válido y que no exista otra opción para celebrar la ceremonia.
Conclusión
Las personas que pueden casarte son varias y conocerlas está bien para saber qué vas a encontrar. Eso sí, nadie te quita la posibilidad, después, de oficiar otra ceremonia con el oficiante que desees. ¿Quieres contraer matrimonio y estás buscando quien te ayude con la organización? En Zankyou Trámites de Boda nos encargamos de que tu enlace se celebre a tu gusto. ¡Contáctanos para saber más!